El papel de los tribunales supremos y la nueva derecha: el neogolpismo en Brasil

Revista CIDOB d'Afers Internacionals, 126
Data de publicació: 12/2020
Autor:
Mayra Goulart y André Coelho
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Mayra Goulart , Profesora Adjunta. Universidade Federal do Rio de Janeiro (UFRJ). mayragoulart@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6955-1586 

André Luiz Coelho, Profesor Adjunto, Universidade Federal do Estado do Rio de Janeiro (Unirio). andreluizrj@gmail.com. ORCID: https://orcid.org/0000-0002-1632-0098

El objetivo de este trabajo es analizar el papel de los tribunales supremos de Justicia en algunas de las últimas destituciones de presidentes y gobiernos progresistas en América Latina –la denominada «marea rosa»–, donde se ha observado el ascenso de gobiernos calificados como de «nueva derecha». Se trata de demostrar que la composición de los tribunales supremos actuó como variable determinante para apartar del poder a dichos gobiernos. El análisis gira en torno a la hipótesis de que el Poder Judicial pudo haber actuado como entidad de legitimización de los procesos de interrupción y destitución dirigidos por el Poder Legislativo en contextos de parálisis institucional (o conflicto con el Poder Ejecutivo). Para demostrarlo, se analiza el caso de Brasil y el papel jugado por el Supremo Tribunal Federal (STF) durante el proceso de destitución de Luis Inácio Lula da Silva y Dilma Rousseff.

En los últimos años, América Latina ha observado un reflujo de la centroizquierda en el poder, en muchos casos, con procesos de destitución contradictorios cuya legalidad ha sido cuestionada. En particular, nos referimos a los casos de los gobiernos de Luis Inácio Lula da Silva y Dilma Rousseff (Brasil), Fernando Lugo (Paraguay), Evo Morales (Bolivia), Manuel Zelaya (Honduras), Rafael Correa (Ecuador), Hugo Chávez y Nicolás Maduro (Venezuela), Néstor y Cristina Kirchnner (Argentina), Michele Bachelet (Chile) y Daniel Ortega (Nicaragua). En este contexto, el objetivo de este artículo es analizar el papel que han jugado los tribunales supremos de Justicia –con probabilidades reales de destituciones de presidentes– en las diferentes situaciones de crisis política de estos países. Trataremos de demostrar que la configuración de esos tribunales actúa como variable determinante para mantener o apartar a los gobiernos que conforman la llamada «marea rosa», con el objeto de averiguar hasta qué punto el Poder Judicial ha actuado como fíat y entidad legitimadora en procesos de interrupción y destitución, dirigidos por el Poder Legislativo en situaciones de conflicto con el Poder Ejecutivo. En tales conflictos, se observa la configuración de una nueva correlación de fuerzas formada por miembros de la élite política y económica tradicional de estos países y la llamada «nueva derecha». Para tal propósito, se analiza el caso brasileño y, en particular, los gobiernos de Luis Inácio Lula da Silva y Dilma Rousseff en relación con la actuación del Supremo Tribunal Federal (STF) durante su proceso de destitución, y consiguiente sustitución, llevada a cabo por una alianza entre la nueva derecha1 y la derecha tradicional.

Así pues, se tratará de comprender de qué modo se establece una relación entre los jefes del Poder Ejecutivo y los demás poderes e instituciones del Estado brasileño. Por consiguiente, puesto que el objeto de investigación es la actuación de los tribunales supremos en procesos que implicaron directamente a los presidentes del país, se analizará el posicionamiento de los magistrados –designados por el poder Ejecutivo para ocupar las instancias superiores del Poder Judicial– con el propósito de medir el grado de autonomía y objetividad entre sus decisiones y los intereses de aquellos que los designaron. Para ello, se examinarán todos los nombramientos presidenciales de magistrados que conformaron los tribunales supremos de Brasil durante los gobiernos de Lula da Silva (2003-2010) y Dilma Rousseff (2011-2016), así como la posición que tomaron esos mismos magistrados en los fallos decisivos para la permanencia o no continuidad de esos mandatos presidenciales. Con ello, se mostrará que el Poder Judicial y las cortes supremas desempeñaron un papel destacado en los procesos de contestación y parálisis institucional en la reciente historia de América Latina. 

¿Qué podemos aprender de nuestros vecinos? La «marea rosa» y su reflujo

El ascenso de la «marea rosa»

El fenómeno del ascenso de los gobiernos de centroizquierda y de izquierda originado a finales de la década de 1990, y plenamente desarrollado en los años 2000, en América Latina ha sido investigado desde diversos enfoques analíticos, como «onda rosa» (Panizza, 2006); «gobiernos progresistas» (Soares de Lima, 2008); «giro a la izquierda» (Santander, 2009); «socialdemocracia en América del Sur» (Castelan, 2013), entre otros. No obstante, la literatura especializada también se ha dedicado a establecer tipologías en la identificación de este fenómeno, como elemento presente en los conceptos de «populismo y socialdemocracia» (Lanzaro, 2007) y de «las renovadoras y las refundadoras» (Silva, 2014). Ahora bien, pese a las discrepancias en cuanto a la categorización, los distintos autores tienden a estar de acuerdo en cuanto al diagnóstico de que ese nuevo contexto, iniciado con la elección del presidente Hugo Chávez en Venezuela (1998), marcó la historia de la región al apartarse de las políticas macroeconómicas propias del período neoliberal bajo los auspicios del consenso de Washington que marcaría la década de 1990.

La elección de Evo Morales en 2005 en Bolivia, y la victoria de Rafael Correa el año siguiente en Ecuador, indicaron el final de la inestabilidad política que estos países habían vivido la década anterior. En Brasil, este proceso se inició con la elección del presidente Luiz Inácio Lula da Silva en 2002. Como señala Silva (2014), como «característica destacable» del ascenso de estas fuerzas, puede señalarse su «capacidad de reproducción inmediata» por medio de las reelecciones y la elección de sus sucesores. En el primer eje, se incluyen casos como los de Chávez (2000-2006), Lula (2006), Correa (2009) y Morales (2009); en el segundo, los de Michelle Bachelet (2006), Cristina Kirchner (2007), «Pepe» Mujica (2009) y Dilma Rousseff (2010). Tanto la literatura sobre el tema, como algunos grupos mediáticos se han referido a todos los presidentes y presidentas aquí citados como representantes legítimos del populismo en la región. 

El reflujo de la marea rosa

Podemos afirmar que al reflujo de la marea rosa que actualmente está en curso en América Latina han contribuido una combinación de factores, tanto en el plano doméstico como en el internacional. Respecto al internacional, podemos citar la crisis económica de 2008 (aunque afectó de forma más aguda a Estados Unidos y Europa) y la llegada de Barack Obama a la Presidencia de Estados Unidos y su cambio de estrategia respecto a América Latina. Si durante el Gobierno de Bush la región pasó desapercibida –salvo casos puntuales como las relaciones con Venezuela–, durante el Gobierno de Obama las atenciones de la Casa Blanca se reorientaron hacia un mayor compromiso, con la clara intención de recuperar el terreno y prestigio perdidos en los años previos.

En el plano doméstico, además de perder popularidad –sobre todo en los casos de Argentina y Brasil, como resultado de varios años en el poder–, los gobiernos progresistas de la región se enfrentaron a una serie de dificultades estructurales relacionadas con problemas internos y las consecuencias de la crisis de 2008. Esta crisis puso fin a un período de bonanza fruto de los altos precio de las materias primas (commodities), lo que generó insatisfacción –especialmente entre los segmentos de renta media– a causa del deterioro de los servicios públicos y un recrudecimiento de problemas como la violencia urbana y el aumento de la inflación. En 2013 se sucedieron una serie de protestas en varios países –sobre todo en Brasil y Chile– que fueron resultado directo de ese cúmulo de insatisfacciones, si bien sin mensajes reivindicativos claros, que debilitaron políticamente aún más a sus gobiernos, ya en un franco proceso de desgaste. Paralelamente, a partir de operaciones y actuaciones de la Policía y del Poder Judicial, empezaron a emerger escándalos de corrupción en países como Brasil, Argentina, Colombia y Perú, que implicaban tanto a políticos de primera línea como a empresarios. Todo ello tuvo una amplia repercusión mediática. Así pues, se puede observar el creciente protagonismo del Poder Judicial, tema objeto de estudio en las siguientes secciones de este artículo. Aunque no es una cuestión exclusivamente brasileña, ya que el paulatino control de los tribunales supremos sobre las acciones de los poderes Legislativo y Ejecutivo puede estimarse como una nueva realidad en la región, vamos a centrarnos en el caso de Brasil. 

Cabe destacar que, a partir de 2009, en América Latina las fuerzas de la oposición conservadora se fueron gradualmente reorganizando y reconquistando terreno en varios países, sobre todo durante las elecciones legislativas y regionales, lo que les creó la expectativa de que, en la siguiente tanda electoral, se produciría una nueva transición regional hacia la centroderecha de tradición neoliberal. Sin embargo, este hecho no se confirmó, ya que los resultados apuntaban a otra dirección:  victorias de Ollanta Humala en 2011 en Perú, de Michelle Bachelet en 2013 en Chile2, la tensionada elección de Nicolás Maduro en Venezuela, también en 2013, la de Tabaré Vázquez en 2014 en Uruguay, así como la reelección de Dilma Rousseff en Brasil, también en 2014.

Es posible que las disputas ajustadas no tuvieran como resultado la victoria de la oposición conservadora, pero propiciaron (sobre todo en Brasil, Venezuela y Chile) una radicalización política, la formación de nuevas alianzas de partidos y un mayor poder de acción de la oposición, principalmente respecto al Poder Legislativo, que favoreció un escenario de mayores dificultades económicas y crisis de gobernabilidad. Brasil sufrió con mucha más intensidad la escalada de esa radicalización y esas dificultades, lo cual ocasionó en 2016, año y medio después de las elecciones que reeligieron a Dilma Rousseff, la ruptura del orden institucional y la interrupción del mandato presidencial. Ello no se produjo según los patrones clásicos de golpe de Estado, sino por medio de un neogolpe, una forma de destitución compleja, relativamente nueva en la literatura política, cuya principal característica fue la ausencia del uso de la fuerza y un mantenimiento aparente del orden institucional (Coelho y Mendes, 2020). Como en la década de 1960 –cuando ocurrieron una serie de golpes militares en la región–, en el siglo XXI de nuevo varios gobiernos elegidos democráticamente vieron interrumpidos sus mandatos. De hecho, llaman la atención dos casos de neogolpes anteriores a la caída de Dilma Rousseff: el derrocamiento del presidente Manuel Zelaya en Honduras, en 2009, y la destitución de Fernando Lugo en Paraguay, en 2012. Ambos casos confirman la hipótesis de que representan una suerte de ensayo de esta forma de golpe, así como la tesis de que, junto con el caso brasileño, configuran los neogolpes como un fenómeno regional.

El episodio de la destitución exprés de Manuel Zelaya en 2009 fue el primer ejemplo de neogolpe ocurrido en la región, y demostró que la acción coordinada entre los poderes Legislativo y Judicial se ha convertido en una variable determinante para debilitar a un presidente en ejercicio y, así, precipitar una impugnación (impeachment) acelerada que busca dar apariencia de legitimidad a un hecho grotesco como es la expulsión del país de un presidente legítimamente electo, de madrugada y vestido aún en pijama (Coelho, 2016). En este caso, la utilización del poder del decreto, en un contexto de escaso apoyo legislativo, y la pérdida de la coalición de gobierno precipitó la salida de Manuel Zelaya de la Presidencia. En Honduras, la crisis institucional entre los poderes de Estado surgió cuando el procurador general anuló el decreto que autorizaba la organización de un referéndum popular convocado por el presidente, tras lo cual Zelaya promulgó un nuevo decreto con las mismas motivaciones del anterior. El mandatario efectuó diversas maniobras con el fin de permitir dicha consulta, tras lo cual el Congreso, con Roberto Michelleti –el principal opositor de Zelaya– al mando, aprobó una ley que tenía la finalidad preventiva de evitar el referéndum nacional promovido por aquel. El resultado del conflicto fue el conocido golpe cívico-militar contra Zelaya, que se perpetró una vez que los miembros del Tribunal Supremo y el Congreso Nacional reconocieron una supuesta inconstitucionalidad en la actuación de hasta ahora presidente y emitieron una orden de prisión contra él.

El proceso de impeachment de Fernando Lugo en 2012 en Paraguay ocurrió en menos de 48 horas, lo cual apenas dejó doce horas para que sus abogados pudieran preparar la defensa (Martínez-Escobar y Sanchéz-Gómez, 2015). En vano, pidieron una prórroga del juicio para poder articular una defensa apropiada. Aparte de la excesiva diligencia del proceso, los abogados del expresidente también destacaron el carácter vago y subjetivo del juicio político, que carecería de acusaciones sólidas que justificaran la remoción de Lugo. Asimismo, cabe mencionar que, antes de iniciarse el juicio, Lugo planteó una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Supremo de Justicia paraguayo, alegando que disponían de poco tiempo para preparar la defensa. Entretanto, el propio tribunal denegó la acción promovida por el expresidente, sin siquiera llegar a analizarla. La Justicia paraguaya sostuvo que reconocía la legalidad del proceso de impeachment a cargo del Congreso.

Así, el caso brasileño –ejemplar por su relevancia y complejidad– no fue el primero en la historia reciente de la región, pero sí podría significar un peligroso detonante regional para una nueva oleada de destituciones. Según afirma Coelho (2016), el hecho de que determinados grupos de centroderecha fueran apartados del poder, cuando históricamente siempre habían formado parte de las administraciones, tuvo unas consecuencias funestas para la democracia en América Latina, y defiende que los últimos casos de destitución de presidentes de centroizquierda debe ser entendida como una estrategia de golpes contra mandatarios, lo que constituye un nuevo modelo posible de acción política de las élites conservadoras y antidemocráticas en la región, reeditando con nuevos ropajes antiguas prácticas que parecían quedar ya lejos de la experiencia democrática contemporánea de América Latina. 

El neogolpe jurídico-parlamentario en Brasil en 2016: una alianza entre las nuevas y las antiguas derechas

Las manifestaciones de junio y julio de 2013, que se originaron como una protesta por el aumento de las tarifas del autobús en las grandes capitales brasileñas, pero que enseguida adquirieron dimensiones y pautas de reivindicación inesperadas, marcaron simbólicamente el comienzo de una relevante pérdida de adhesión social y política a los gobiernos progresistas iniciados con la Presidencia de Lula da Silva, del Partido de los Trabajadores (PT) en 2003, a cuya cabeza estaba, en aquel momento, su sucesora Dilma Rousseff. A falta de liderazgos identificables, con una agenda repleta de frustraciones, pero desprovistos de exigencias claras, y con un fuerte rechazo a los partidos políticos, esos movimientos –que congregaron a millones de personas en las calles de todo el país– movilizaron tanto a sectores de la izquierda como de la derecha. Sin embargo, esta última y sus variantes más extremas ganaron nuevo impulso, una mejor organización en las redes virtuales, así como una mayor disposición a adherirse de forma más enérgica (aunque bastante mal organizada por entonces) a la oposición al Gobierno de Rousseff.

Al respecto, en la literatura reciente que analiza la ideología en Brasil (Tarouco y Madeira, 2013; Cowan, 2014), ha ido ganando fuerza la percepción de que, a lo largo de la última década, han coexistido dos modelos distintos de derecha: 1) la llamada «derecha tradicional», representada por: i) partidos políticos clásicos como los Demócratas y el Partido de la Socialdemocracia Brasileña (PSDB), ii) grupos de los grandes medios de comunicación tradicionales (radio, televisión y prensa escrita) y iii) actores clave del mercado, como la Federación de Industrias del Estado de Sao Paulo (Fiesp); y 2) la que sería considerado como la «nueva derecha». Esta nueva derecha estaría representada por: i) nuevos partidos políticos o partidos políticos que hasta entonces habían tenido una representación baja en el ámbito nacional, como el Partido Social Cristiano (PSC) y el Partido Social Liberal (PSL), ambos, no casualmente, expartidos de Jair Bolsonaro3; ii) un gran número de movimientos de aparición reciente, pero de gran repercusión en las redes sociales e Internet, como el Movimiento Brasil Libre (MBL) o Revoltados Online, entre otros, y iii) altos funcionarios  del sistema judicial, sobre todo aquellos procedentes de órganos de control como el Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU), el Ministerio Público –que tuvo su protagonismo en la fuerza operativa de la Operación Lava Jato, dirigida por los procuradores Deltan Dallagnol y Rodrigo Janot–, junto con jueces de distintas instancias, representados principalmente por la figura del magistrado Sérgio Moro y magistrados del STF. Todos los actores citados, tanto de la derecha tradicional como de la nueva derecha actuaron de diversas maneras y de forma significativa para lograr la destitución de Dilma Rousseff.

En marzo de 2014, se produjo el otro incidente ligado a la insatisfacción social y que sirvió de combustible altamente inflamable para avivar la pira de creciente indignación contra el Gobierno: la puesta en marcha de la Operación Lava Jato4 por parte de la Policía Federal, que llevó a prisión al cambista Alberto Youssef y sacó a la luz una serie de escándalos de corrupción que implicaban al gigante Petrobras (la empresa estatal que aglutina la mayor parte de la explotación y comercialización de petróleos y sus derivados en Brasil), grandes empresas contratistas y políticos de primera línea. Aunque las investigaciones eran aún incipientes y no implicaban directamente al Gobierno en un primer momento, sirvieron de aditivo extra, que los medios de comunicación, casi todos contrarios al Gobierno, explotaron ampliamente con el fin de que los segmentos de población más descontentos adquirieran paulatinamente una mayor capacidad organizativa, así como apoyos importantes de sectores políticos y empresariales.

Por lo tanto, a nuestro entender a partir de ese momento se habría producido esa alianza entre los miembros de la derecha tradicional y la nueva derecha, aprovechando las manifestaciones de junio de 2013 para asumir la ofensiva de la disputa política, intento que conllevó un gran éxito. A partir de entonces, las calles y las instituciones –en el Parlamento, en el sistema judicial y en los medios de comunicación– empezaron a interactuar y a brindarse apoyo mutuo, al objeto de crear una coyuntura que permitiera derrocar a la presidenta. El principal hilo conductor de este discurso, así como su justificación principal, fue la Operación Lava Jato y la lucha contra la corrupción, entendida por estos grupos como una batalla contra la izquierda y los miembros del PT. Para la alianza de derechas, solo había una solución para superar la crisis, y era apartar a Dilma Rousseff del poder. En este sentido, aun cuando la debacle del Gobierno Rousseff no pueda atribuirse solo a la intervención de los actores jurídicos, es indiscutible que aquellos directamente envueltos en la Operación Lava Jato, el Ministerio Público Federal (MPF) y la Policía Federal se destacaron por haber accionado una dinámica de desestabilización, cuya eficiencia y timing llaman la atención. Como apunta De Almeida (2019: 104), el primer año de la operación coincide con el último año del primer Gobierno de Dilma Rousseff; su fase más dramática, cuando se intensificaron las detenciones y las acusaciones a empresarios, tuvo lugar en el mes de octubre, en plenas elecciones a la sucesión a la Presidencia de la República.

El creciente rechazo al Gobierno, que hasta ese momento carecía de un diseño institucional claro, se materializó como partido en las elecciones presidenciales de 2014, en particular cuando el candidato a la Presidencia por el PSDB, Aécio Neves, sorprendió al arrebatar el segundo puesto a Marina Silva, candidata de la Red de Sostenibilidad, lo cual lo habilitó para enfrentarse a la presidenta Dilma Rousseff en la segunda vuelta. A partir de ese momento, la polarización política, hasta entonces poco habitual, empezó a ganar cuerpo y a penetrar en los medios sociales y culturales gracias a las redes sociales. Por una parte, los insatisfechos con el Gobierno de Dilma Rousseff, que iban en aumento, viraron circunstancialmente para dar apoyo a Aécio Neves5 y, por otra, los que aún apoyaban al Gobierno y temían el fin de una era de gobiernos progresistas y el regreso de los conservadores al Palacio de Planalto.

El rechazo al Gobierno creció de manera acelerada durante las semanas que antecedieron a las elecciones, la polarización se acentúo más todavía, sobre todo debido a una clara y feroz campaña de los medios de comunicación a favor del candidato del PSDB, que se tradujo en un empate técnico en las encuestas de intención de voto la víspera de las elecciones. Pero la tendencia no fue suficiente para virar el cuadro electoral, que terminó con la reelección de Dilma Rousseff, con el resultado electoral más ajustado para la Presidencia desde la redemocratización, con cuatro millones de votos más para la vencedora. Sin embargo, Rousseff perdió al ganar. La ajustada victoria en este contexto de crispación fortaleció e incentivó más aún la reorganización de algunos sectores políticos y empresariales contrarios a las políticas progresistas, que vieron una oportunidad en la fragilidad del Gobierno recién electo. Tal combinación de factores, junto con la tardanza de la presidenta y de su entorno en reconocer la gravedad del problema y elaborar estrategias de acción para contener la sangría, debilitó la coalición del Gobierno Rousseff y abrió las puertas para el neogolpe, que ya empezó a detectarse, si bien de forma incipiente, en los primeros momentos del nuevo mandato.

En Brasil, el hecho de tener condicionantes estructurales y un régimen político más complejo, además de unas instituciones tradicionalmente más estables que en Honduras y Paraguay, poner en marcha y lograr la destitución de Dilma Rousseff exigió más tiempo (un año y ocho meses desde el inicio del segundo mandato, incluidos los nueve meses de proceso formal de destitución). Aun así, se mantuvo un elevado grado de imprevisibilidad durante buena parte del proceso, sobre todo en cuanto a los papeles de los actores políticos implicados en su ejecución, en concreto, el Senado y el STF. En esta dinámica, se observó la actuación de la alianza formada entre las distintas sensibilidades de las derechas, a las que interesaba desestabilizar al Gobierno. El protagonismo de los agentes jurídicos se basó en una lógica de distensión de las normas que conforman el sistema, respecto a la previsibilidad y la seguridad jurídicas, como condición indeleble del debido proceso legal. Iniciada en 2005 con el escándalo del Mensalão6, esta dinámica ya había sido anunciada en el contexto en el que se debatía la aceptación de la llamada «teoría del dominio del hecho». Esta teoría, que el juez ponente del caso y magistrado del STF, Joaquim Barbosa, defendía, se utilizó para fundamentar la detención de la cúpula del PT, aun cuando no existieran pruebas que demostraran su implicación en los escándalos de corrupción (De Almeida, 2019: 101). La tesis se basaba en la posibilidad de dar por supuesto, basándose en la posición que ocupaban en la estructura del Gobierno y/o del partido, que estos actores ordenaban o, al menos, tenían conocimiento de la trama de distribución de sobornos a parlamentarios de la base aliada, con el objetivo de garantizar su apoyo a la Administración del PT.

A este primer movimiento de distensión/relajación de los principios jurídicos, le siguió un segundo que tiene relación con la asociación entre: i) prisiones preventivas, muchas veces fundamentadas en la teoría del dominio de los hechos; ii) delaciones recompensadas; iii) filtraciones a los medios de comunicación del contenido de esas delaciones, y iv) la presión que la opinión pública, abastecida de estos contenidos, ejercía sobre las autoridades, lo cual legitimaba más detenciones. En este movimiento, el protagonismo pasó del STF al MPF, que actuó aliándose con medios de comunicación, y como responsable de divulgar las filtraciones de tales delaciones, obtenidas bajo la batuta de Sérgio Moro. La dinámica consiste, por lo tanto, en utilizar las repercusiones de dichas filtraciones sobre la opinión pública para aumentar la presión sobre el sistema político y, de este modo, justificar las ofensivas del ámbito jurídico sobre aquel, incluso mediante la flexibilización de los principios que configuran este ámbito (Fontainha y De Lima, 2018). Los efectos sobre el sistema político brasileño fueron devastadores en lo relativo a la legitimidad de los partidos, los altos cargos y el propio sistema político ante la opinión pública. No obstante, esto abrió más espacio a la acción de los agentes jurídicos.

Sin pretender ofrecer aquí una cronología detallada, ni un análisis político-conceptual más profundo de la crisis política brasileña entre 2013 y 2014, cabe hacer un comentario, sin embargo, acerca del papel que han desempeñado los agentes del Poder Judicial en la historia política brasileña, cuyo origen podría estar en la primacía del ámbito de lo público como protagonista en los procesos de modernización del país que, a diferencia de las trayectorias consideradas clásicas, no tuvieron las élites económicas y los intereses privados como elemento catalizador, sino el Estado y su principal instrumento: el Derecho. No obstante, esa primacía se actualiza en la Constitución de 1988, entendida como un conjunto de valores que debe materializarse a través de la activación de una comunidad de intérpretes, que tiene en el Poder Judicial un lugar preferencial para el ejercicio de la democracia y para el cumplimiento de las garantías establecidas en el texto constitucional (Vianna, 1996; Haberle, 1997; Cittadino, 1999; Avritzer y Marona, 2014). Aunque es interesante señalar que, ese papel progresista, estuvo lejos de ser consensuado dentro del ámbito jurídico (Arantes, 1997; Almeida, 2017b). Un grupo considerable de sus agentes se identificaban más con el léxico conservador y/o estaban comprometidos con fuerzas políticas responsables de obstaculizar esas transformaciones económico-sociales. Así, el convenio de élites políticas, económicas y sociales comprometidas con inviabilizar esos cambios no es algo reciente. Tal como afirma Almeida (ibídem), la armazón institucional que hizo posible el Mensalão, la Operación Lava Jato y la actuación del STF en la interrupción del Gobierno de Dilma Rousseff, es fruto del diseño institucional del sistema judicial en el régimen constitucional de 1988, caracterizado por el protagonismo de los tribunales supremos y por la autonomía y discrecionalidad de las instituciones judiciales, sobre todo del Ministerio Público Federal (Arantes, 2010 y 2011).

A este respecto, motivadas por un contexto que pretendía ampliar el papel de las instituciones públicas en la regulación de las relaciones sociales, las instituciones jurídicas fueron capaces de fortalecerse frente a otras dimensiones de la Administración pública, lo cual conllevó un aumento del número de funcionarios y una mejora de sus condiciones laborales. Este papel reforzado, que primero estuvo asociado a la esfera civil y a garantizar los derechos establecidos por la Constitución de 1988, como locus del activismo judicial, así como de la judicialización de la política –en la medida en que se justificaba frente a la inacción de los agentes políticos–, se fue transfiriendo a la esfera penal. En este nuevo escenario, caracterizado por un pretorianismo republicano (Avritzer y Marona, 2017), el ámbito jurídico reivindicaba su función de representante del interés público, castigando a esos mismos agentes cuando estaban implicados (de forma más o menos inequívoca) en acusaciones de corrupción. Así pues, hasta mediados de los años 2000, la actuación del ámbito jurídico como fuerza conservadora estaba concentrada en bloquear el potencial transformador económico-social de la Constitución de 1988. Por lo que, como argumentan Koerner y Schilling (2015: 83), fue posible observar la actuación del STF a favor de los proyectos neoliberales de reforma y estabilización económica en la década de 1980.

Simultáneamente, sin embargo, la esfera jurídica también actuó como fuerza progresista durante ese período, demostrando la ambigüedad o, más concretamente, la presencia de diferentes grupos, intereses e ideologías en su seno. Ahora bien, conforme se entraba en el siglo xxi, su actuación, se vuelvió menos ambigua, teniendo en cuenta la progresiva hegemonía de los valores conservadores y la diseminación de ese espíritu pretoriano, que desplazó su actuación a combatir la corrupción (Avritzer y Marona, 2017; Engelmann, 2016). Pese a las singularidades de esta amalgama entre tradición y progreso, el objetivo de este artículo no es analizar el activismo judicial (Koerner, 2013), como tampoco elaborar una crítica a la degeneración de este bajo la forma de una judicialización política (Tate y Vallinder, 1997; Cappeletti y De Oliveira, 1999), sino simplemente examinar el papel del STF en el proceso de impugnación de Dilma Rousseff, con el propósito de averiguar si los magistrados nombrados durante las administraciones del PT se comportaron de un modo distinto, favoreciendo a aquellos que los designaron. Para ello, se establece como punto de partida de este proceso la coyuntura que surgió a partir de la detención del senador Delcídio Amaral (PT) el 25 de noviembre de 2015, acusado de obstruir la investigación de la Operación Lava Jato. La decisión, que la segunda sala del STF apoyó por unanimidad, tensionó el principio de la división de poderes y uno de sus corolarios: la inmunidad parlamentaria. Por primera vez, desde que se había promulgado la Constitución de 1988, un senador fue detenido en ejercicio de su cargo.

La repercusión de la detención de Delcídio tuvo una relación directa con la trayectoria de la impugnación de Rousseff, debido a la posterior filtración de las delaciones remuneradas de la mano del senador, divulgadas ampliamente por los medios de comunicación. Estos hechos acrecentaron las críticas de la oposición al Gobierno y robustecieron el clima político necesario para el impeachment, aun cuando no hubiera pruebas que apoyaran las denuncias especificadas en la delación, ni estuvieran directamente relacionadas con la presidenta. La dinámica de distensión de los principios jurídicos estaba funcionando a toda marcha. En ese momento, los diputados del PT que constituían el Consejo de Ética de la Cámara decidieron realizar un contraataque al insistir en las investigaciones contra Eduardo Cunha –entonces presidente de la Cámara de los Diputados y principal articulador de la oposición. En respuesta, ese mismo día, Cunha aceptó la petición de impeachment redactada por Hélio Bicudo, jurista y diputado por el PT en la década de 1990, y de Miguel Reale Júnior, abogado y ministro de Justicia del Gobierno de Fernando Henrique Cardoso (PSDB) en 2002. Entre los argumentos que presentaron para fundamentar el proceso, el principal fue la edición de decretos que permitían conceder créditos complementarios sin autorización del Congreso y la contratación de préstamos entre el Gobierno y las instituciones financieras públicas (Fernandes, 2020). La aceptación del proceso permitió al Congreso, en primer lugar, bloquear la Administración de Rousseff y, a continuación, iniciar el proceso que conduciría a su destitución, tras votar a favor de su continuidad el día 2 de diciembre

El relator del proceso, el magistrado Edson Fachin, en una decisión unilateral, decidió el día 8 de diciembre de 2015 suspender la creación de la Comisión Especial, en cuanto etapa necesaria para el desarrollo del impeachment, hasta el día 16 del mismo mes, fecha acordada para la deliberación. Su objetivo era impedir la práctica de actos que el propio Supremo pudiera anular en el futuro. El 17 de diciembre, el STF expresó la doble esencia del proceso, es decir, la jurídica y la política. No obstante, en esta ocasión, los magistrados reafirmaron la intención de que su papel consistiera únicamente en garantizar la rectitud de los procedimientos jurídicos, sin interferir en las decisiones y deliberaciones políticas del Poder Legislativo. El tribunal se reservó, junto con el Senado, la competencia de poder rechazar la apertura del proceso y la creación de la Comisión Especial, formada por candidaturas designadas por los líderes en una votación abierta, manteniendo el mismo protocolo que se había seguido en 1992 en el proceso de impeachment contra el entonces presidente Fernando Collor. 

Esta decisión del Supremo redujo las posibilidades de bloquear el impeachment por parte de la presidenta por medio de apelaciones al Poder Judicial, el cual acabó adoptando una conducta prominente en la coyuntura política brasileña, al presentarse como variable determinante para comprender bien las circunstancias que derivaron en la interrupción del Gobierno Rousseff. Ello supuso una gran sacudida para la democracia brasileña, aunque el hecho de que se respetaran los protocolos procesales del impeachment sirvió para mitigar la resistencia de la opinión pública nacional e internacional en relación con la cadena de acontecimientos ocurridos entre 2013 y 2016. Por lo tanto, entendemos que los aspectos particulares del proceso de impugnación de Dilma Rousseff muestran el modus operandi del neogolpismo reciente en América Latina, que ha pasado por transformaciones y cambios que pueden describirse como un perfeccionamiento de esa estrategia de destitución.

En el caso de Brasil, los dos factores principales de tal sofisticación se refieren a la gradualidad con la que se dio el neogolpe y al proseguimiento operativo de los mecanismos empleados. Por un lado, la destitución de Rousseff tiene su origen en 2013; por otro, puede decirse que el neogolpe siguió funcionando al menos hasta 2018 a fin de garantizar la elección de Jair Bolsonaro.  Ahora bien, lo que aquí nos interesa es arrojar luz sobre algunas variables que ayuden a comprender los factores que precipitaron la interrupción del Gobierno del PT, por lo que nos centraremos exclusivamente en las decisiones del STF en los dictámenes directamente relacionados con la destitución de la presidenta.         

La actuación de los magistrados designados por el PT en el impeachment contra Dilma Rousseff

El objetivo de este apartado es evaluar la hipótesis que configura el presente trabajo, esto es, que el Tribunal Supremo brasileño desempeñó un papel determinante en la interrupción del Gobierno del PT, aun cuando la mayoría de sus miembros habían sido designados por aquel. Para ello, identificaremos los magistrados del STF nombrados por Lula da Silva y Dilma Rousseff y describiremos cómo estos actuaron en el proceso de impeachment de la expresidenta. Por motivos prácticos, el análisis se ha realizado a partir de un conjunto limitado de decisiones relacionadas con las sentencias clave para el inicio del proceso de impeachment

El STF y su composición

En Brasil, el Supremo Tribunal Federal (STF) es el órgano de la cúpula del Poder Judicial, según el artículo 102 de la Constitución de la República, al que esta otorga la responsabilidad de protegerla. Dicho tribunal está compuesto por 11 magistrados, nombrados por el presidente de la República, previa aprobación por mayoría absoluta del Senado Federal (art. 101). Los órganos del STF son el Plenario, las salas y el presidente (art. 3º del RISTF/1980). Este último, junto con el vicepresidente, son elegidos por el Plenario, entre los magistrados, y tienen un mandato de dos años. Cada una de las dos salas está constituida por cinco ministros y presidida por el miembro más antiguo durante un período de un año, estando vedada la reelección, hasta que todos los integrantes hayan ejercido la Presidencia, observándose el orden decreciente de antigüedad (art. 4º, § 1º, del RISTF/1980).

Como se observa en la tabla 1, de los 11 magistrados del STF, solo tres no fueron nombrados por los presidentes del PT. De ello se deriva la hipótesis de que, ante los juicios en el Plenario directamente relacionados con los intereses del partido, se formara una mayoría favorable a dichos intereses. Con todo, tal percepción obedece a la expectativa de que estos nombramientos se realizaron en función del objetivo de cooptación del Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo, con la consiguiente vulneración de la independencia entre los poderes, que muchos medios de comunicación atribuyeron a las cúpulas progresistas en el marco de la marea rosa en América Latina. No obstante, nuestra hipótesis diverge de esta interpretación. Creemos que, precisamente por no haber seguido la lógica de la cooptación, tales nombramientos no propiciaron posicionamientos que permitieran garantizar la perpetuación del proyecto político desarrollado por el PT. Con el fin de demostrarla, en el siguiente apartado se analizan aquellos juicios que parecen ser los más esenciales al respecto. 
 

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Los casos

Los tres casos aquí escogidos forman parte de una serie de hechos que condujeron al impeachment de Dilma Rousseff y están directamente relacionados con la apertura y los protocolos del proceso por el Congreso Nacional.

El primero consiste en una interpelación por incumplimiento de precepto fundamental (ADFP 378, siglas de Arguição de Descumprimento de Preceito Fundamental) presentada por el Partido Comunista de Brasil (PCdoB), miembro de la base de apoyo de los gobiernos del PT. En esa solicitud, se pone en cuestión que algunos dispositivos e interpretaciones de la Ley 1.079/507 desafíen preceptos constitucionales. La ley en cuestión define en qué consisten los delitos de responsabilidad y establece las penas correspondientes, así como regula el respectivo proceso judicial8. El proceso fue juzgado el 17 de diciembre de 2015, habiéndole precedido una solicitud cautelar incidental, presentada el 8 de diciembre de 2015, en la que se requería la suspensión de la formación de la Comisión Especial como consecuencia de la decisión de la Presidencia de la Cámara de los Diputados de constituirla por medio de votación secreta, y alegando que el presidente de la Cámara Eduardo Cunha era sospechoso o estaba incapacitado para recibir la imputación. Ambas solicitudes fueron rechazadas. Los magistrados del Supremo acordaron que habría que utilizar como parámetros los protocolos observados en el impeachment de Collor. En ese momento, correspondía al Senado la competencia de rechazar o aprobar la apertura del proceso, y la Comisión Especial para el caso se configuró a partir de las candidaturas designadas por los líderes partidarios. Finalmente, la elección de los miembros de la Comisión se realizó mediante voto abierto. Tal acuerdo estableció que el STF no actuaría como un obstáculo para el Poder Legislativo, ni se superpondría a este en la reglamentación de sus procedimientos internos, ya que reconocía la naturaleza política del impeachment9.

El segundo caso que analizamos se refiere a las sesiones extraordinarias con fecha de 14 y 15 de abril de 2016, en las cuales el Plenario del STF se reunió para deliberar sobre una serie de actuaciones que ponían en cuestión algunos aspectos del protocolo de impeachment. En particular, se trataba del orden de votación que el presidente de la Cámara estableció para la sesión que tendría lugar el 17 de abril, que se iniciaría con los estados del sur (en los que supuestamente existía un menor apoyo al Gobierno del PT) y concluiría con los del norte (ampliamente favorables a aquel). El primer documento que se presentó a los magistrados fue la Acción Directa de Inconstitucionalidad 5498, cuyo demandante era el mismo PCdoB, en el cual solicitaba que dicha votación se desarrollara de manera intercalada entre los diputados del norte y el sur. El tribunal desestimó la petición por mayoría. Votaron por la desestimación de la medida cautelar, los magistrados y las magistradas Teori Zavascki, Rosa Weber, Luiz Fux, Cármen Lúcia, Gilmar Mendes y Celso de Mello. Los magistrados Marco Aurélio (juez ponente), Edson Fachin, Luís Roberto Barroso y Ricardo Lewandowski fueron derrotados. La segunda acción que se votó fue el Recurso de Amparo 34127, que trataba el mismo tema, presentada por el diputado federal Weverton Rocha del Partido Democrático de los Trabajadores (PDT), también de la base de apoyo al Gobierno. Sin embargo, el resultado de esta decisión fue el empate. Con cinco votos a favor de desestimar las medidas cautelares, y cinco a favor de aprobarlas parcialmente (con varios votos particulares), prevaleció la decisión de que, en el recurso de amparo, el empate debe favorecer la presunción de legalidad y legitimidad del acto impugnado. La tercera parte se refiere al Recurso de Amparo 34128, presentado por el diputado federal Rubens Pereira (PCdoB). El contenido del proceso10 y su resultado fueron los mismos del MS34127, un empate que mantendría el acto impugnado. La tercera votación se refiere al Recurso de Amparo 34130, presentado por la Abogacía General de la Unión (AGU) en nombre de la presidenta de la República, en la que pedía la nulidad del informe del juez ponente de la Comisión de Impeachment en la Cámara de los Diputados, alegando actos ilegales cometidos en la creación de dicha comisión. Por mayoría, el Plenario desestimó las alegaciones de limitación del derecho a la defensa, coincidiendo con el voto del magistrado relator Edson Fachin. La cuarta votación, realizada en la misma sesión extraordinaria del 15 de abril de 2016, deliberó sobre el Recurso de Amparo 34131, presentado por el diputado federal Paulo Teixeira, del PT. Aparte de contestar a la demanda de suspensión del informe de la Comisión Especial, en virtud de la extrapolación del objeto de la denuncia, el MS34131 ponía en cuestión la constitucionalidad del artículo 11 de la Ley 1.079/50, en el cual constan como elementos constituyentes del delito de responsabilidad la creación de gastos o contratación de préstamos al margen de la normativa legal. Tal como consta en la página 24 de la sentencia, por unanimidad, los magistrados apoyaron el voto de Edson Fachin, que presentó la petición. La resolución consistió en que, precisamente porque emitía un juicio según el cual admitía la denuncia contra la presidenta de la República, la Cámara de los Diputados no debía pronunciarse sobre el carácter constitucional o no de los artículos en que se encuadra el delito de responsabilidad, pues esta función corresponde al Senado Federal.

El tercer y último caso examinado tiene relación con el Recurso de Amparo 34193, presentado por la AGU, en nombre de la presidenta, en el que solicitaba la anulación del impeachment por irregularidades cometidas a lo largo del proceso. En concreto, se ponía en duda la decisión de la Comisión Especial de desestimar que se adjuntaran documentos relacionados con la colaboración retribuida del expresidente de Transpetro, Sérgio Machado. El relator, el magistrado Teori Zavascki, rechazó la acción el 4 de julio de 2016. Tres días después, se refutó el recurso a esta resolución, también por decisión unipersonal del presidente del STF, el magistrado Ricardo Lewandowski. A su entender, la denuncia que originó el proceso de impeachment se aceptó únicamente con relación a dos actuaciones: la apertura de créditos por decreto sin autorización del Congreso Nacional y las llamadas «pedaladas fiscales»11, sin que cupiera recurso sobre otros elementos debatidos durante el juicio.   

Consideraciones finales

Como se ha demostrado a lo largo del texto, los tribunales superiores de Justicia desempeñaron un papel fundamental para mantener o destituir a los presidentes considerados progresistas en América Latina, principalmente cuando existía un conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. El episodio brasileño no fue una excepción, ya que –como puede observarse a partir de la lectura de los casos analizados– en todos los juicios donde se instó al STF a decidir sobre cuestiones clave para mantener el mandato de la presidenta Dilma Rousseff, las decisiones fueron tomadas, por unanimidad o por mayoría, para ir contra los intereses del PT. Tal evidencia llama la atención si tenemos en cuenta que este partido nombró a ocho de los once magistrados que componen el tribunal y que, aun cuando cada una de esas autoridades directamente escogidas por el PT tomaron las decisiones de manera unipersonal, estas resultaron ser adversas para aquel. En nuestra opinión, harían falta nuevas investigaciones contrastadas a este respecto para poder comprender de qué modo los presidentes del país escogieron (o no) a los magistrados de los tribunales supremos y de qué modo estos actuaron de tal manera en una situación de crisis y ante una posible destitución presidencial.

Al demostrar el protagonismo del Poder Judicial en el proceso brasileño, no pretendemos atribuir a este órgano la responsabilidad exclusiva de su resultado final. De hecho, la erosión de las bases parlamentarias del Gobierno en las elecciones de 2014 posibilitó la derrota por mayoría absoluta en las votaciones que tuvieron lugar en la Cámara de los Diputados en abril de 2016, y en el Senado Federal en agosto del mismo año. Así pues, llegamos a la conclusión de que el proceso de destitución de Dilma Rousseff fue dirigido por una alianza de actores estatales y no estatales, tanto de la derecha tradicional como de la nueva derecha.

Así como, por un lado, los grupos pertenecientes a las élites tradicionales brasileñas, que estuvieron alejados de la Presidencia durante los años de gobierno del PT, buscaron diferentes estrategias –fueran legales o no– para recuperar el mando del país, los miembros de la llamada «nueva derecha» parecen haber logrado su propósito, tanto al alcanzar la Presidencia de la República con Jair Bolsonaro, como al vencer el debate en el ámbito discursivo, incluyendo, además de la ya conocida ortodoxia neoliberal, asuntos de cuño moral y religioso que, a día de hoy, van adquiriendo más notoriedad e importancia en Brasil. 

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Notas:

1- En este análisis no nos limitaremos a describir estos nuevos actores, puesto que nuestro interés reside en la actuación de los tribunales supremos. Para una descripción detallada de la nueva derecha, véanse Demier y Hoeveler (2016) y Cruz et al. (2015).

2- Elección que permitió a la centroizquierda recuperar la Presidencia, concluido el mandato del liberal Sebastián Piñera.

3- Si los partidos de la «vieja derecha» se caracterizarían por estar más institucionalizados y por ser un sesgo más economicista; los partidos de la «nueva derecha» presentan más bien una agenda relacionada con la moralidad tradicional, ligada a valores cristianos. Con todo, la alternativa a favor de la ortodoxia económica sería el factor que aglutinaría a todos estos partidos en términos de una identidad mínima que los definiría como derechas.

4- O la «operación de lavado», pues la expresión hace referencia a las lavanderías y estaciones de servicio con túnel de lavado usadas para blanquear dinero. Los procuradores antes mencionados, Dallagnol y Janot ocuparon durante varios meses los principales titulares de prensa del país, pero fue Sérgio Moro quien se convirtió en símbolo de la operación y pilar fundamental para la elección en 2018 de Jair Bolsonaro como presidente del país, y que este designó, aún en plena campaña electoral, futuro ministro de Justicia. Se estima que la operación Lava Jato afectó negativamente, entre el 2%-2,5% y el 3,8%-3,6% las caídas del del PIB brasileño en 2015 y 2016, respectivamente. Con todo, sus repercusiones sobre el sistema político son incalculables, al reforzar el sentimiento de deslegitimación de la política y de la propia democracia, así como de aquellos identificados como parte de la política tradicional. El lavajatismo, simbolizado en la figura de Sérgio Moro, sirvió de combustible para el ascenso electoral de innumerables políticos de índole autoritaria y antisistema. 

5- Aécio Neves puso en duda la legitimidad del resultado, supuestamente precipitado por uso del aparato estatal por parte del PT. En 2015, el candidato derrotado accionó el Tribunal Superior Electoral (TSE) solicitando: i) el recuento de los votos; ii) un informe jurídico sobre la posibilidad de impeachment a Rousseff, y iii) la inhabilitación de la lista vencedora.

6- Mensalão (palabra derivada de mensal, «mensualidad» en portugués) fue un término que los medios de comunicación utilizaron para designar supuestos pagos a diputados de la base aliada del Gobierno del PT a cambio de votos que permitieran la aprobación del Congreso Nacional de proyectos dirigidos por el Ejecutivo. La trama fue denunciada en 2005 de la mano del diputado federal Roberto Jefferson, del Partido Trabalhista Brasileiro (PTB). En 2007, el STF recibió la denuncia e inició un proceso que se extendió hasta 2012, con el juicio a 38 acusados. De estos, 12 fueron absueltos, 1 falleció durante el proceso y 24 fueron condenados por uno o varios delitos.

7- Para más información, véase http://www2.camara.leg.br/legin/fed/lei/1950-1959/lei-1079-10-abril-1950-363423-normaatualizada-pl.html

8- Se consideran delitos de responsabilidad aquellos actos cometidos por el presidente de la República que atenten contra la Constitución Federal y, en especial, actos practicados contra la integridad de la Unión como tal; el libre ejercicio del Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Ministerio Público y los poderes Constitucionales de las unidades de la Federación; el ejercicio de los derechos políticos, individuales y sociales; la seguridad interna del país; la probidad en la Administración; la ley presupuestaria, y el cumplimiento de las leyes y las decisiones judiciales. Pese a estar descritos en el artículo 85 de la Constitución de la República Federal de Brasil (CRFB), la Ley 1.079/50 describe y regula el delito.

9- (ADPF 378 MC / D) Véase el contenido íntegro de la sentencia en: http://redir.stf.jus.br/paginadorpub/paginador.jsp?docTP=TP&docID=10444582

10- En el mérito de la causa, el MS34128 pedía la concesión de la solicitud para exigir al presidente de la Cámara que respetara la literalidad de las prescripciones reglamentarias y estableciera la alternancia, convocando de forma alternativa un diputado del norte y luego uno del sur del país; de manera complementaria. En caso de que se considerara aplicable la orientación de la Cámara, la votación empezaría por los estados del norte del país, ya que la última vez que se había aplicado esta norma, la votación se inició por los estados del sur.

11- Reubicaciones en cuentas oficiales del Gobierno con el objetivo de maquillar los resultados económicos, especialmente los gastos públicos.

Traducción del original en portugués: Roser Vilagrassa y redacción CIDOB.

Palabras clave: tribunales supremos, América Latina, Brasil, impugnación (impeachment), Dilma Rousseff 

Cómo citar este artículo: Coelho, André y Goulart, Mayra. «El papel de los tribunales supremos y la nueva derecha: el neogolpismo en Brasil». Revista CIDOB d’Afers Internacionals, n.º 126 (diciembre de 2020), p. 239-260. DOI: https://doi.org/10.24241/rcai.2020.126.3.239

Fecha de recepción: 07.04.20

Fecha de aceptación: 14.09.20